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Si Ud. va a
EMBARCAR mercancías
con nosotros,
por favor siga el siguiente procedimiento: |
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- 1º.- Contacte
con nuestro comercial de exportación
correspondiente a su puerto de destino. El comercial
le orientará y en su caso abrirá la ficha correspondiente
a su embarque.
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- 3º.- Remitan la documentación de su embarque a
nuestro departamento
de documentación de exportación
junto con su
NOTA DE EMBARQUE.
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- 4º.- Una vez cargado su contenedor en el buque correspondiente, podrá Ud.
recoger su Conocimiento de Embarque en nuestras oficinas, previo pago de
sus gastos.
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Si sus mercancías requirieran algún tratamiento
especial, por favor
avísenlo al comercial desde el inicio. Si su carga fuera de Mercancías
Peligrosas,
IMO, no deje de avisar al
Comercial urgentemente, y
recuerde que para tener entrada en el Puerto este tipo de mercancía requiere
Autorización Previa de la Autoridad Portuaria. Remítannos
urgentemente su
DECLARACION DE MERCANCIAS PELIGROSAS, al igual que su
CERTIFICADO
DE ARRUMAZON,
y restante
documentación obligatoria.
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Si Ud. va a RECIBIR mercancías
con nosotros, por favor siga el siguiente procedimiento:
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ENVIENNOS SU DOCUMENTACION lo antes posible:
Remitan lo antes posible su documentación acreditativa a nuestro departamento
de Importación.
Esto es:
Si la Mercancía tuviera Estatus Comunitario, salvo
excepciones, deben Uds. remitirnos lo siguiente:
- Un ejemplar Original del Conocimiento de Embarque (B/L)
debidamente endosado.
- El Original del documento T2L.
- Sus
INSTRUCCIONES DE ENTREGA
- El importe de sus gastos.
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Si la Mercancía NO tuviera Estatus Comunitario, salvo
excepciones, deben Uds. remitirnos lo siguiente:
- Un ejemplar Original del Conocimiento de Embarque
(B/L) debidamente endosado.
- El documento Aduanero autorizando
la salida de la mercancía, o
bien la documentación pertinente para
tramitar el despacho de aduana.
- Sus
INSTRUCCIONES DE ENTREGA
- El importe de sus gastos.
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Si la Mercancía estuviera haciendo Transbordo en Valencia,
salvo excepciones deben Uds. remitirnos
igualmente:
- Un ejemplar Original del Conocimiento de Embarque
(B/L) debidamente endosado.
- El Original del documento T2L,
o su declaración referente a
que la mercancía
carece de estatus
comunitario.
- Sus
INSTRUCCIONES DE ENTREGA
- El importe de sus gastos.
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En todos los casos, deben Uds. recordar que ni el Puerto ni
el contenedor son lugares de almacenamiento habitual, y por
ello la estancia de sus contenedores/mercancías en el mismo
genera
unos gastos que se
incrementan diariamente, tanto por ocupación de superficie como por
demoras del contenedor.
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